Micelio

Artículo 1

Decreto 18701001 de 1870 · Sobre admisión de alumnos en la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Desde el próximo año escolar en adelante no será matriculado ningun alumno en las Escuelas superiores de Injeniería, Ciencias Naturales, Medicina i Jurisprudencia, sin haber obtenido previamente el grado de Bachiller en Literatura, o en Literatura i Filosofía, según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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