Micelio

Artículo 14

Decreto 1753 de 1996 · por el cual se reglamentan la expensas y honorarios de los curadores urbanos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificación de las expensas. Las expensas también podrán ser modificadas por factores diferentes a la inflación esperada, de conformidad con la información en poder del Ministerio de Desarrollo Económico o de los municipios o distritos obligados por el Decreto 2150 de 1995 a implantar la figura del curador urbano. En estos casos, el Ministro de Desarrollo Económico deberá impartir nuevamente su aprobación a las expensas que cobren las curadurías urbanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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