Funciones de la Vicepresidencia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Son funciones de la Vicepresidencia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Planear, coordinar, dirigir y controlar los procesos y procedimientos relacionados con gestión de tecnologías de la información y las comunicaciones, garantizando su alineación con la Planeación Corporativa.
Definir y proponer las políticas, estrategias y programas para el adecuado uso y gestión de las tecnologías de la información y comunicaciones que se requieran implementar en el Banco.
Diseñar e implementar la arquitectura de tecnologías de la información y las comunicaciones que aporten en la eficiencia y efectividad de los procesos; orientando al Banco hacia tecnologías y comunicaciones de avanzada y eficientes que propendan a la modernización del mismo.
Liderar, coordinar, y gestionar las acciones necesarias en tecnología informática y comunicaciones modernas, para el desarrollo de nuevos productos, servicios, convenios y canales; asesorando y acompañando las áreas del Banco.
Participar en la identificación e implementación de mecanismos, controles y sistemas que permitan resguardar y proteger la información buscando mantener la confidencialidad, disponibilidad e integridad, en coordinación con la Vicepresidencia de Riesgos.
Asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y a los demás Órganos de Dirección del Banco, en el diseño, desarrollo, implantación, control, ajuste y mantenimiento de la plataforma tecnológica informática del Banco.
Garantizar un desarrollo tecnológico moderno que le permita al Banco ser competitivo en la prestación de sus servicios.
Planear, coordinar, dirigir, asesorar, acompañar y controlar el componente tecnológico de los proyectos de modernización del Banco que se requieran para el efectivo desarrollo, actualización y mantenimiento de la infraestructura, así como las comunicaciones, los servicios, los sistemas y las aplicaciones que soportan los procesos.
Garantizar la optimización y estandarización de los procedimientos a su cargo ejecutados en Dirección General y Regionales.
Ejercer las demás funciones que la Constitución, la ley, los estatutos y los reglamentos determinen.