Artículo tercero. Destinase para el Ministerio de la Economía Nacional, y para el establecimiento de Cuarentena Animal, un lote de terreno perteneciente a la. Nación, situado en jurisdicción del Municipio de Buenaventura, en el sitio denominado El Tabor, que tiene una área aproximada de seis mil seiscientos veintiún metros cuadrados (6.621 m 2 ), comprendida dentro de los siguientes linderos generales: "Por el Norte, con terrenos de El Tabor, adjudicados a la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones" según Decreto número dos mil doscientos setenta y uno (2.271), de treinta y uno (31) de julio de mil novecientos cuarenta y seis (1946), en línea. quebrada y en una longitud de ciento treinta y siete metros con ochenta centímetros (137,80 m); por el Oriente, con terrenos adjudicados a la Compañía Colombiana de Energía Eléctrica, en línea quebrada ,y en una longitud aproximada de treinta y ocho metros (38 m.); por el Sur, con terrenos del Ferrocarril del Pacífico, en línea recta paralela a la línea férrea y a una distancia de veinte metros , (20 m.) de ella, en una longitud aproximada de doscientos treinta y siete metros (237 m.) partiendo de la carretera que conduce a la planta eléctrica hasta la carretera que sube a las casas de El Tabor; y por el Occidente, con terrenos de El Tabor, carretera de por medio, en una longitud de treinta y dos metros con cincuenta centímetros (32.50 m.), aproximadamente y a lo largo de dicha carretera hasta encontrar el lindero de los terrenos cedidos a la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones.
Decreto 2493 de 1947 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2493 de 1947 · por el cual se modifica el Decreto número 2079 de 1939, y se hacen unas destinaciones en Buenaventura para el Ministerio de la Economía Nacional, y para el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.