° Guerrera . Entallada, de paño azul oscuro, con faldones abiertos atrás y carteras simuladas de 18 centímetros, con tres botones dorados grandes cada una. Va cerrada al frente por una hilera de siete botones, iguales a los anteriores. El cuello es recto, cerrado al frente, de paño del color del distintivo de arma o servicio (con vivos rojos para la artillería); lleva a cada lado, en el frente, el distintivo metálico del arma o servicio, a un centímetro del cierre. La botamanga es recta, de paño del color del distintivo de arma o servicio, con dos botones grandes en el centro. En cada hombro va un botón dorado, pequeño, y un sostén dorado con los colores nacionales, para el afianzamiento de presillas, charreteras o caponas. El largo de la guerrera se mide, más o menos, hasta el nacimiento del dedo pulgar, con el brazo caído y estirado naturalmente. Los generales llevan a cada lado del cuello, en la parte delantera, una palma de laurel de hilo de oro mate, de 7 centímetros de largo, y una pequeña palma vertical al pie de cada uno de los botones de las botamangas.
Decreto 1762 de 1937 →Vigente
Artículo 5
Guerrera
Decreto 1762 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército y de la Aviación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.