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Artículo 1

Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Inversion Policía Nacional

Decreto 1574 de 1967 · por el cual se distribuye una apropiación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Policía Nacional), por $ 3.150.000.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: PRESUPUESTO DE INVERSION Policía Nacional. CAPITULO 1081 Rama Técnica. B) Programas de inversión indirecta, Programa 1681 Construcción, terminación y ampliación de Cuarteles y Casas Fiscales. Inversión indirecta Recursos ordinarios. 610 435. Artículo 10801. Para la construcción de 1a Dirección General, construcción, de cuarteles, alojamientos y obras de, bienestar social de la Policía, mediante distribución que hará el Gobierno por decretos especiales, previo estudio de la Dirección de la Policía Nacional, del Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección Nacional del Presupuesto, $5.000.000.00. Se distribuye así: Proyecto 1, Continuación construcción Cuartel en Barranquilla $750.000 Proyecto 2 Iniciación obra del Cuartel en Sincelejo 300.000 Proyecto 3 Continuación construcción Cuartel en Puerto Asís (Putumayo) 100.000 Proyecto 4 Construcción de cuarteles tipo económico en diferentes Municipios del país, de un costo no superior a $ 50.000, según distribución que hará la Dirección General de la Policía Nacional aprobada por la Dirección Nacional del Presupuesto 1.000.000 Proyecto 5 Construcción de Casas Fiscales en Bogotá, Ibagué, Armenia y Pereira 800.000 Proyecto 6 Para adquirir de la Sección de Casas Fiscales del Ejército, las casas, de Arauca, Quibdó y Riohacha 200.000 Total $ 3.150.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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