ARTICULO 2° De conformidad con el Decreto número 2283 del 7 de octubre de 1989, el Consejo de Administración de Justicia distribuirá mediante acuerdos los cargos de la planta de personal creada por el citado Decreto. Las autoridades nominadoras correspondientes, incorporarán a los funcionarios cuyos cargos se suprimen por el presente Decreto, a la Dirección Nacional y Oficinas Seccionales de la Carrera Judicial, sin necesidad de nueva posesión ni verificación de requisitos.
Decreto 1997 de 1990 →Vigente
Artículo 2
De Conformidad Con El Decreto Número 2283 Del 7 De Octubre De 1989, El Consejo De Administración De Justicia Distribuirá Mediante Acuerdos Los Cargos De La Planta De Personal Creada Por El Citado Decreto
Decreto 1997 de 1990 · por el cual se modifica la planta de personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.