Micelio

Artículo 3

Todas Las Restauraciones, Refacciones, Remodelaciones Y Las Obras De Protección, Defensa Y Conservación Que Han De Efectuarse En La Capilla Y La Plaza Principal Del Municipio De Suesca, Deberán Contar Previamente Con La Aprobación Del Consejo De Monumentos Nacionales

Decreto 1897 de 1993 · por el cual se declara como Monumento Nacional la Capilla Doctrinera y la plaza principal del Municipio de Suesca -Cundinamarca- y se delimita su área de influencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Todas las restauraciones, refacciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación que han de efectuarse en la Capilla y la plaza principal del Municipio de Suesca, deberán contar previamente con la aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1897 de 1993