Micelio

Artículo 3

Ley 62 de 1926 · por la cual se auxilia la Liga de Damas Católicas de Bogotá y la Casa Protectora de niñas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase con la suma de ocho mil pesos ($8.000) la Casa Protectora de niñas que funciona en esta ciudad. Dicha suma se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia y se entregará en un solo contado a la señora Presidenta del citado establecimiento de caridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 62 de 1926