°. Los jefes de las oficinas de correos que, en el término citado en el Artículo 5°, no remitan a la administración general las estampillas que se Retiran de la circulación, serán responsables del valor nominal de ellas. Comuníquese y publíquese,
Decreto 1960 de 1892 →Vigente
Artículo 7
Los Jefes De Las Oficinas De Correos Que, En El Término Citado En El Artículo 5°, No Remitan A La Administración General Las Estampillas Que Se Retiran De La Circulación, Serán Responsables Del Valor Nominal De Ellas
Decreto 1960 de 1892 · por el cual se autoriza una nueva emisión de estampillas postales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.