Micelio

Artículo 75

O

Decreto 4579 de 2006 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o . En la ejecución del Programa de Adquisición de Tierras para las Comunidades Indígenas, el INCODER dará prioridad a la adquisición de los predios que hayan sido invadidos u ocupados por vías de hecho por dichas comunidades antes del 15 de septiembre de 2006, con la única finalidad de sanear su propiedad y ser transferida a las respectivas comunidades indígenas. Dichas adquisiciones serán canceladas de conformidad con lo establecido con la Ley 160 de 1994. Las circunstancias de invasión, ocupación de hecho o perturbación de la propiedad se acreditarán con las certificaciones que expidan las autoridades judiciales o de policía según el caso.

Parágrafo

Los recursos que tiene asignado el Gobierno Nacional para la compra de tierras indígenas, serán priorizados para la compra de predios invadidos antes del 15 de septiembre de 2006. Los anteriores se asignarán estrictamente con relación al orden cronológico de la mayor antigüedad de la posesión. Se deberá presentar un informe semestral de la ejecución ante el Consejo Directivo del Incoder.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4579 de 2006