Micelio

Artículo 24

Servidores Beneficiados Con La Indemnización

Decreto 1275 de 1994 · por el cual se reestructura la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, se crea la Empresa Energía del Pacífico S.A., EPSA y se dictan otras disposiciones Complementarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Servidores beneficiados con la indemnización. La indemnización calculada conforme a los artículos anteriores será pagada a los trabajadores oficiales y a todos los funcionarios inscritos en carrera administrativa, cuyos empleos o cargos sean suprimidos con motivo de la reestructuración, de la CVC, siempre y cuando se encuentren vinculados a la Corporación en la fecha de la supresión.

Parágrafo

Sólo tendrán derecho a indemnización aquellos funcionarios que no sean incorporados a la nueva planta de personal de la CVC.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1275 de 1994