Micelio

Artículo 369

El Funcionario De Instrucción, En Los Procesos Mayores De Que Trata Este Capítulo, Seguirá Las Mismas Normas Para La Averiguación De Los Hechos Y Para El Descubrimiento De Los Responsables, Fijadas En El Procedimiento De Los Procesos Menores

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El funcionario de instrucción, en los procesos mayores de que trata este capítulo, seguirá las mismas normas para la averiguación de los hechos y para el descubrimiento de los responsables, fijadas en el procedimiento de los procesos menores. El funcionario de instrucción debe perfeccionar el sumario dentro de los quine días siguientes a la fecha de su iniciación. Este plazo se puede extender en la misma forma como se prolonga el periodo de instrucción en los procesos menores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1125 de 1950