Micelio

Artículo 5

Decreto 2740 de 2004 · por el cual se establece la participación del sector educativo en el XVII Censo Nacional de Población y VI de Vivienda a realizarse en 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . De la función de los servidores públicos de las Secretarías Departamentales, Distritales y Municipales Certificadas . Los Secretarios de Educación de las Secretarías de Educación Departamentales, Distritales y de Municipios Certificados y todos los funcionarios de la planta central a su cargo, especialmente quienes se desempeñan como directores de núcleo o supervisores, deberán prestar toda la colaboración para la organización de la participación en el Censo del sector educativo de su jurisdicción, para lo cual

a)

Colaborarán y coordinarán con el DANE todas las actividades relacionadas con el Censo, a fin de facilitar su adecuado desarrollo y garantizar el éxito del mismo;

b)

Facilitarán al DANE toda la información territorial, detallada y actualizada de directivos docentes, docentes y educandos, así como del personal de la Secretaría que el DANE requiera para el desarrollo del Censo;

c)

Apoyarán las campañas de motivación positiva hacia el Censo en su jurisdicción;

d)

Cumplirán las funciones de supervisión y/o coordinación que para el día del Censo les sean asignadas por el DANE.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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