Micelio

Artículo 3

Ley 11 de 1978 · Por la cual se honra la memoria del Gran Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre, en el sesquicentenario de su muerte y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con el fin de dar cumplimiento a la presente ley, destínase la suma de $ 100.000.000.00, que se incluirá por terceras partes en los presupuestos de las vigencias 1978-1979 y 1980.

Autorízase al Gobierno Nacional para contratar empréstitos, hacer traslados o abrir los créditos que sean necesarios para dar cumplimiento a esta ley. Igualmente se autoriza al Gobierno para que, previo el concepto favorable de la comisión organizadora, distribuya la mencionada suma de acuerdo con los presupuestos de las diferentes obras, actos y servicios a que se refiere esta ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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