Estarán a cargo de la Nación la construcción, reparaciones, rectificacions y pavimentación de las carreteras San Agustín-El Guamo-Carreto y Nervití-El Guamo, en el Departamento de Bolívar.
Ley 40 de 1969 →Vigente
Artículo 5
Ley 40 de 1969 · Por la cual se señalan algunas obras que deberán ser auxiliadas por el Gobierno Nacional en el Municipio de El Guamo. Departamento de Bolívar, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.