El Fondo a que se refiere al artículo 9o, de la presente Ley tomará un seguro colectivo para garantizar el pago de salarios y prestaciones sociales del secuestrado.
El Gobierno Nacional reglamentará su funcionamiento.
Ley 282 de 1996 · LEY 282 DE 1996, 06/06/1996, por la cual se dictan medidas tendientes a erradicar algunos delitos contra la libertad personal, especialmente el secuestro y la extorsión, y se expiden otras disposiciones.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Fondo a que se refiere al artículo 9o, de la presente Ley tomará un seguro colectivo para garantizar el pago de salarios y prestaciones sociales del secuestrado.
El Gobierno Nacional reglamentará su funcionamiento.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.