Micelio

Artículo 1

O

Decreto 445 de 1993 · por el cual se expiden normas sobre concesion de beneficios a quienes abandonen voluntariamente las organizaciones subversivas.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quienes por decisión individual abandonen voluntariamente sus actividades como miembros de organizaciones subversivas y se entreguen a las autoridades de la República, podrán tener derecho a los beneficios de que trata el Decreto 264 de 1993, cuando presten colaboración a la justicia en los términos de dicho Decreto.

Para efectos de verificar si las personas que solicitan la concesión de los beneficios a que se refiere el presente artículo tienen el carácter de miembros de organizaciones subversivas, la Fiscalía General de la Nación podrá solicitar la información pertinente al Ministerio de Gobierno y a las demás entidades del Estado.

JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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