Micelio

Artículo 21

Las Decisiones Definitivas Sobre Las Solicitudes De Reconocimiento De La Condición De Refugiado, Se Comunicarán A La Oficina Del Alto Comisionado De Las Naciones Unidas Para Los Refugiados, Acnur, Al Departamento Administrativo De Seguridad, Das, Y Al Grupo De Visas E Inmigración Del Ministerio De Relaciones Exteriores

Decreto 4503 de 2009 · por el cual se modifica el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado, se dictan normas sobre la Comisión Asesora para la determinación de la condición de refugiado y se adoptan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las decisiones definitivas sobre las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado, se comunicarán a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, ACNUR, al Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y al Grupo de Visas e Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores. Concluido el procedimiento de solicitud de refugio, se procederá a remitir el expediente al Archivo General del Ministerio de Relaciones Exteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4503 de 2009