Micelio

Artículo 2

Ley 2 de 1931 · Por la cual se crea la Intendencia del Amazonas, se señalan nuevos límites a las Comisarías del Caquetá y del Putumayo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Intendencia Nacional del Amazonas será administrado por un Intendente del libre nombramiento y remoción del Poder Ejecutivo, de quien dependerá directamente. Este empleado durará en su destino dos años y podrá ser reelecto. El Gobierno señalará su asignación y sus atribuciones y deberes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1931