Si el juicio es de mayor cuantía, los emolumentos especificados en el artículo que precede se aumentarán así:
Los de los numerales 1°. y 2°. hasta el cuádruplo, y los del numeral 3°. hasta el doble.
Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Si el juicio es de mayor cuantía, los emolumentos especificados en el artículo que precede se aumentarán así:
Los de los numerales 1°. y 2°. hasta el cuádruplo, y los del numeral 3°. hasta el doble.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.