° A partir del día primero de los corrientes, el personal, asignaciones mensuales y partidas para gastos varios de la Escuela Nacional Superior de Enfermeras, será el siguiente: Dirección y Profesorado. Mensual. Anual. Seis (6) Enfermeras Instructoras, a - $ 120 cada una $ 720.00 8.640.00 Seis (6) Enfermeras de Planta, a $ 100 cada una 600.00 7.200.00 Médico de la Escuela 100.00 1.200.00 Veinticuatro (24) profesoras para 1,680 horas en el ano, cada hora a 5 8.400.00 Profesor de Dietética 150.00 1.800.00 Personal de administración. Secretario-Contador-Pagador 160.00 1.920.00 Ecónoma 100.00 1.200.00 Doce (12) sirvientas 190.00 2.280.00 Chofer 100.00 1.200.00 Portero-Cartero 50.00 600.00 Alimentación para 122 personas internas (alumnas, enfermeras, etc.), a $ 20 cada una 2.440.00 29.280.00 Para gasolina, aceite y repuestos 75.00 900.00 Para biblioteca y material de enseñanza y traducción $ 5.000.00 Para elementos de educación física 500.00 Para gastos no previstos 4.880.00 Total $ 75.000.00 Parágráfo 1 La partida para pago de personal de sirvientas, será repartida cada vez que Sea necesario por la Directora de la Escuela, con aprobación del Deparlamento de Protección Infantil y Materna del Ministerio de Trabajo, Higiene y Prévisión Social.
Decreto 83 de 1945 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del Día Primero De Los Corrientes, El Personal, Asignaciones Mensuales Y Partidas Para Gastos Varios De La Escuela Nacional Superior De Enfermeras, Será El Siguiente: Dirección Y Profesorado
Decreto 83 de 1945 · Por el cual se señala el personal, asignaciones mensuales y partidas para gastos varios de la Escuela Nacional Superior de Enfermeras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.