Funciones de la Comisión Nacional de Seguridad Minera (CNSM). Esta Comisión tendrá entre otras, las siguientes funciones:
Elaborar la Agenda Nacional de Seguridad Minera. 2. Coordinar y articular con las instancias nacionales y regionales y especialmente con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo, la ejecución de estrategias, acciones y proyectos tendientes a la implementación y seguimiento de la Agenda Nacional de Seguridad Minera en el territorio. 3. Diseñar y proponer estrategias, elementos de política pública y líneas de actuación referentes a la seguridad del sector minero en el territorio nacional. 4. Proponer la generación de estrategias encaminadas a fortalecer la cultura de prevención y del conocimiento de los riesgos propios de la actividad minera. 5. Apoyar la implementación de la Política Nacional de Seguridad Minera en el territorio nacional. 6. Coordinar los diferentes actores estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Minera (SNSM), en el orden nacional y regional, para plantear acciones en bús- queda de la disminución de los accidentes de trabajo y la enfermedad laboral. 7. Establecer las líneas estratégicas para la formulación e implementación de un Plan de Acción Anual que conduzca a la optimización de los recursos técnicos, humanos y económicos orientados a la ejecución y cumplimiento de la Agenda Nacional de Seguridad Minera. 8. Conformar y reglamentar el comité técnico para el desarrollo del referido Plan de Acción. 9. Gestionar la conformación de las Comisiones Regionales de Seguridad Minera (CRSM). 10.Expedir su propio reglamento. 11. Las demás que le correspondan por su naturaleza para dar cumplimiento al objeto con el que fue creada.
TEXTO CORRESPONDIENTE A