Micelio

Artículo 2

Ley 83 de 1886 · por la cual se concede una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 2° La autorización que por esta ley se concede, solo podrá usarse en el caso de que el Departamento del Magdalena establezca oportunamente el pasaje seguro, cómodo y rápido del expresado Río Calancala en el punto conveniente para atender al comercio con el territorio de la goajira, y siempre que los trabajos del camino de que trata el artículo que precede, continúen siendo auxiliados con fondos pertenecientes a dicho departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1886