Micelio

Artículo 1

Modifícase El Numeral 5 Del Artículo 4° Del Decreto Número 1377 De 2012 Y Adiciónase Un Parágrafo Al Mismo Artículo, Así: "(…) 5

Decreto 2555 de 2012 · por el cual se modifican los artículos 4° del Decreto número 1377 de 2012 y 3° del Decreto número 1865 del mismo año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el numeral 5 del artículo 4° del Decreto número 1377 de 2012 y adiciónase un

Parágrafo

al mismo artículo, así: "(…) 5. Que se certifica que los recobros o reclamaciones no hacen parte de procesos respecto de los cuales se haya proferido sentencia y ésta se encuentre debidamente ejecutoriada sea o no favorable a la entidad recobrante, reclamante o a la persona natural. (...)

Parágrafo

Las entidades recobrantes, reclamantes o personas naturales, que se acojan a la presente medida podrán presentar recobros o reclamaciones que hagan parte de procesos judiciales en curso, siempre y cuando, el representante legal de las respectivas entidades o las personas naturales, manifiesten bajo la gravedad de juramento que las pretensiones relacionadas con el pago de los recobros o reclamaciones que se aprueben en virtud de la presente medida y las accesorias o subsidiarias a las mismas, serán objeto de desistimiento en los términos del artículo 342 del Código de Procedimiento Civil."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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