Micelio

Artículo 30

Ley 40 de 1982 · sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1983.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La orden de anulación de documentos de giro de la vigencia en curso se producirá por razones de tipo legal o fiscal mediante solicitud a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, firmada por el ordenador primario o su delegado y el Jefe de la División de Presupuesto ante el organismo respectivo y refrendada por el Auditor de la Contraloría General de la República.

La Dirección General de Tesorería pondrá el sello de anulación correspondiente en el documento y dará aviso de ello a la División Delegada de Presupuesto para la contabilización respectiva, así como a las demás dependencias o entidades enunciadas, en las normas reglamentarias vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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