El Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria Nacional, tendrá las siguientes funciones:
Velar por la seguridad de los establecimientos carcelarios.
Cumplir las órdenes y requerimientos de las autoridades jurisdiccionales con respecto a los internos de los establecimientos carcelarios.
Cumplir las órdenes impartidas por la Dirección General de Prisiones en relación con las actividades carcelarias.
Servir como auxiliar en la educación de los internos, en los establecimientos carcelarios y en la readaptación de los reclusos.
Ejecutar las demás funciones relacionadas con el cargo que le asigne la ley y los reglamentos.
Del ingreso al servicio.