Micelio

Artículo 34

Los Derechos De Almacenaje, De Franquicia, Repesó, Etcétera, Qué Deberá Percibirla La Zona, Se Fijaran En

Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 34. Los derechos de almacenaje, de franquicia, repesó, etcétera, qué deberá percibirla la Zona, se fijaran en.las tarifas réspectivas. Los gastos de introducción, movimiento y .extracción de las mercancías serán por cuenta de los interesados, también lo serán los de desinfección, fumigación, y movimientos que ordene la autoridad sanitaria. CAPITULO VII Venta de j a s mercancías depositadas en almacenes Administrados por la Zona.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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