Micelio

Artículo 8

En La Cabecera Del Circuito Civil De Convención Habrá Un Juzgado, Con El Personal Y Asignaciones Mensuales Que Se Expresan: Un Juez $ 308

Decreto 2184 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 66 de 1944

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En la cabecera del Circuito Civil de Convención habrá un Juzgado, con el personal y asignaciones mensuales que se expresan: Un Juez $ 308.00 Un Secretario 210.00 Un Oficial Mayor 108.00 Un Portero Escribiente 120.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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