° Si el costo de construcción excediere en más de 30 por 100 al presupuesto de la obra que ha sido aprobado por el Gobierno, no se computará el mayor excedente en el cálculo de la subvención que debe pagar el Gobierno Nacional. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1077 de 1925 →Vigente
Artículo 5
Si El Costo De Construcción Excediere En Más De 30 Por 100 Al Presupuesto De La Obra Que Ha Sido Aprobado Por El Gobierno, No Se Computará El Mayor Excedente En El Cálculo De La Subvención Que Debe Pagar El Gobierno Nacional
Decreto 1077 de 1925 · Por el cual se reglamenta la manera de pagar las subvenciones decretadas por la Ley 66 de 1923
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.