ARTICULO 3º Las medidas que adopte el Gobierno en los Departamentos a que se refiere el artículo anterior, en desarrollo de las facultades del artículo 121 de la Constitución Nacional, serán las indispensables y que sólo tengan relación directa con el restablecimiento del orden público.
Decreto 1 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Las Medidas Que Adopte El Gobierno En Los Departamentos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, En Desarrollo De Las Facultades Del Artículo 121 De La Constitución Nacional, Serán Las Indispensables Y Que Sólo Tengan Relación Directa Con El Restablecimiento Del Orden Público
Decreto 1 de 1959 · Por el cual se reglamenta la Ley 18 de 14 de noviembre de 1958, sobre subsidio de transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.