Micelio

Artículo 42

El Consejo De Gobierno Será El Órgano Supremo De Consulta, Ejecución Y Coordinación Del Gobierno Departamental, Encargado De Armonizar Los Programas Y Labores De Las Diferentes Unidades Con Miras A Lograr Un Objetivo Común

Decreto 1620 de 1966 · Por el cual se señala la organización administrativa del Departamento del Quindío

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo de Gobierno será el órgano supremo de consulta, ejecución y coordinación del Gobierno Departamental, encargado de armonizar los programas y labores de las diferentes unidades con miras a lograr un objetivo común. 2. Comités de Coordinación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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