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Artículo 24

Los Requisitos, Definiciones, Trámite, Expedición Y Vigencia De La Libreta De Tripulante Terrestre Se Regirá Por Lo Establecido En Las Decisiones De La Comisión Del Acuerdo De Cartagena, Sobre Transporte Internacional De Personas Y

Decreto 2250 de 1996 · por medio del cual se reglamenta la expedición de pasaportes ordinario, fronterizo, provisionales, y se dictan otras disposiciones sobre la materia.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los requisitos, definiciones, trámite, expedición y vigencia de la libreta de tripulante terrestre se regirá por lo establecido en las decisiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, sobre transporte internacional de personas y. mercancías por carretera. CAPITULO VII Disposiciones finales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2250 de 1996