° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de abril de mil novecientos sesenta y nueve (1969), deroga todas las disposiciones que le sean contrarías y deja sin valor el Acuerdo número 27 de marzo 18 de 1969. Bogotá, D. E., marzo 21 de 1969. Comuníquese. (Fdos.) Germán Escobar Ballestas . Presidente, Crótatas Londoño , Vicepresidente, Carlos Augusto Gutiérrez , Secretario".
Decreto 1392 de 1969 →Vigente
Artículo 8
El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Surte Efectos Fiscales A Partir Del Primero (1°) De Abril De Mil Novecientos Sesenta Y Nueve (1969), Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarías Y Deja Sin Valor El Acuerdo Número 27 De Marzo 18 De 1969
Decreto 1392 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 27 de marzo 21 de 1969, que fija el régimen de clasificación y remuneración de los empleos de la Caja Nacional de Previsión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.