Micelio

Artículo 6

Decreto 13 de 1983 · Por el cual se reglamentan los artículos 10 y 11 de la Ley 20 de 1982, que regula la prestación del servicio en el Instituto de Seguros Sociales a los trabajadores menores de dieciocho (18) años de edad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. En los lugares del territorio nacional donde el Instituto de Seguros Sociales no haya extendido sus servicios, los patronos están obligados a otorgar las prestaciones consagradas en el Código Sustantivo de Trabajo en favor de los menores. Esta prestación dejará de estar a cargo del patrono cuando las contingencias sean asumidas por el Instituto de Seguros Sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 13 de 1983