Micelio

Artículo 4

Ley 17 de 1873 · Que suprime los derechos de internación de sal marina, i fija el precio de la que esplota la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° El precio de la sal nacional será uniforme en todas las Administraciones de salinas establecidas en los Estados i Territorios de la Union.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 17 de 1873