Micelio

Artículo 4

º A Partir Del Primero De Febrero De 1989, Los Contribuyentes Del Impuesto Sobre La Renta Que De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 3º Del Decreto 2509 De 1985, Hayan Sido Autorizados Para Efectuar Autoretención Sobre Los Ingresos A Que Se Refiere El Artículo 5º Del Decreto 1512 De 1985, Deberán Hacerlo También Sobre Los Conceptos De Servicios, Honorarios, Comisiones Y Arrendamientos, A Las Tarifas Vigentes En Cada Caso

Decreto 2670 de 1988 · Por el cual se dictan unas disposiciones de carácter tributario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del primero de febrero de 1989, los contribuyentes del impuesto sobre la renta que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 2509 de 1985, hayan sido autorizados para efectuar autoretención sobre los ingresos a que se refiere el artículo 5º del Decreto 1512 de 1985, deberán hacerlo también sobre los conceptos de servicios, honorarios, comisiones y arrendamientos, a las tarifas vigentes en cada caso. Las autorizaciones concedidas a partir de esa misma fecha, incluirán todos los conceptos de retención mencionados en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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