Micelio

Artículo 7

º Oficina Jurídica

Decreto 2681 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de las dependencias internas de la Superintendencia General de Puertos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Oficina Jurídica . Son funciones de la Oficina Jurídica las siguientes

1.

Asesorar al Superintendente y al Secretario General en los asuntos jurídicos de competencia de la entidad.

2.

Atender las consultas que en materia jurídica y dentro del ámbito de su competencia se presenten a la entidad, por parte de personas naturales y jurídicas vigiladas por la Superintendencia y por las dependencias de la misma.

3.

Revisar los aspectos jurídicos de los proyectos de actos administrativos que el Superintendente remita para su estudio.

4.

Recopilar y actualizar el archivo de las normas legales y reglamentarias que se apliquen en la Superintendencia.

5.

Estudiar y conceptuar sobre los aspectos legales de los contratos en que tenga interés la Superintendencia y elaborar o colaborar en la elaboración de las minutas respectivas.

6.

Llevar el control de las garantías que se otorguen en favor de la Nación a través de la Superintendencia General de Puertos o de la misma en lo concerniente a su custodia, legalidad y vigencia, así como adelantar los procedimientos necesarios para hacerlas efectivas.

7.

Estudiar y emitir concepto sobre los aspectos legales de las solicitudes de concesión, licencias o autorizaciones, así como sobre las modificaciones de éstas y la procedencia de las declaraciones de caducidad o de su prórroga.

8.

Elaborar los proyectos de resoluciones mediante las cuales se resuelvan los recursos interpuestos frente a las actuaciones del Superintendente.

9.

Realizar el estudio jurídico necesario para ordenar la expropiación de predios y asesorar al Superintendente en los trámites que sean de competencia de la Superintendencia General de Puertos.

10.

Orientar desde el punto de vista jurídico, las investigaciones que se adelanten y conceptuar sobre las posibles sanciones a las infracciones.

11.

Atender y controlar el trámite de todos los procesos, mantener actualizado el registro de las mismos, de las actuaciones administrativas y disciplinarias y de los recursos que se interpongan ante la Superintendencia General de Puertos.

12.

Las demás funciones que por ley o por instrucciones del Superintendente le corresponda ejercer.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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