Con la salvedad hecha en el artículo anterior y la preferencia de que habla el artículo 22, el Gobierno, que puede crear y suprimir cargos y señalar sueldos y viáticos, distribuirá cada año los fondos de que se disponga para la campaña, atendiéndose al siguiente orden:
a). Sueldos, material y sostenimiento de los servicios existentes;
b). Ampliación y dotación de los edificios existentes;
c). Construcciones nuevas, dotación y funcionamiento de ellas.
El propósito es que las aprobaciones se dividan en la mejor forma para obtener pronto, económico y creciente aumento de los servicios, para lo cual se procurará que en un solo ejercicio se apropie sumas suficientes para terminar cada edificación y poner a funcionar el respectivo servicio.
Acción sobre animales.