Micelio

Artículo 115

Agente De Carga Internacional

Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Agente de carga internacional. Es la persona jurídica autorizada para actuar en el modo de transporte marítimo y/o aéreo, cuyo objeto social incluye, entre otras, las siguientes actividades: Coordinar y organizar embarques, consolidar carga de exportación, desconsolidar carga de importación y emitir o recibir del exterior los documentos de transporte propios de su actividad, cuando corresponda. Los agentes de carga internacional que, a la entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren autorizados para actuar en el modo marítimo, podrán también actuar en el modo aéreo, previa presentación de una comunicación escrita en tal sentido ante la dependencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) encargada del registro, adjuntando la autorización de las autoridades competentes, cuando haya lugar a ello. A dicho escrito se adjuntará la modificación de la garantía para ampliarla a la nueva actuación. Para obtener la autorización como agente de carga internacional en el modo marítimo, se deberá acreditar además de los requisitos previstos en el artículo 119 del presente decreto, los que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), determine mediante resolución de carácter general, debiendo constituir una garantía bancaria o de compañía de seguros por un valor equivalente a once mil (11.000) Unidades de Valor Tributario (UVT). Para obtener la autorización como agente de carga internacional en el modo aéreo, se deberá contar con la autorización de las autoridades competentes, cuando a ello hubiere lugar y acreditar los requisitos previstos en el artículo 120 del presente decreto. El monto de la garantía global será el previsto en el artículo 134 del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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