Ley 60 de 1920 · Por la cual se dictan varias disposiciones sobre Servicio diplomático y Consular y sobre facultades notariales de un funcionario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Mientras dure en el Departamento de Panamá la actual condición política de Facto, el Agente Postal Privado del Gobierno en la ciudad de Panamá ejercerá funciones notariales con arreglo a las leyes que regulan esta materia.
Los actos autorizados por dicho empleado en ejercicio de las funciones que se le asignan por la presente Ley harán completa fe como si fuesen otorgados ante Notario público.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.