Micelio

Artículo 2.2.8.3.1.17

Delegación

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Delegación . En el marco del Programa Nacional de Delegación de Competencias Diferenciadas establecido por el artículo 180 de la Ley 1753 (Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”) y de la prioridad dada por este a la política pública para las víctimas del conflicto, las entidades nacionales podrán delegar en las entidades territoriales, esquemas asociativos territoriales, Regiones Administrativas y de Planificación Especial (RAPE), áreas metropolitanas, conglomerados urbanos o autoridades regionales que se constituyan para tal fin, la gestión de competencias en materia de prevención, protección, atención, asistencia y reparación integral de las víctimas, a través de los mecanismos legales establecidos. Esta delegación será gradual y diferenciada según el nivel de Gobierno, según la naturaleza de la competencia a delegar, el nivel de Gobierno que la asumirá, y las capacidades requeridas, de acuerdo con lo definido por el Gobierno nacional. En el convenio que se suscriba se establecerán las funciones delegadas, los derechos y obligaciones de las entidades delegante y delegataria, el esquema de distribución de competencias, los criterios y procedimientos generales y sectoriales, así como los recursos financieros para el adecuado cumplimiento de estas competencias. El seguimiento a los procesos establecidos deberá cumplirse conforme a las normas vigentes para la política pública dirigida a las víctimas. La aplicación de la figura de la delegación estará sujeta al marco fiscal de mediano plazo vigente, al principio de sostenibilidad fiscal y al principio de autonomía presupuestal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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