°. Disolución y liquidación. Ordénese la disolución y liquidación de CENABASTOS S. A., Sociedad Anónima de Economía Mixta, con NIT 890.503.614- 0, vinculada al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera.
A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, la sociedad entrará en proceso de liquidación y utilizará para todos los efectos la denominación “Central de Abastos de Cúcuta S. A. - CENABASTOS S. A., en Liquidación”; también podrá denominarse “CENABASTOS S. A. en Liquidación”.
El régimen de liquidación se realizará conforme lo dispuesto en el presente decreto, en el Decreto ley 254 de 2000 modificado por la Ley 1105 de 2006, y las demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, y reglamenten. En lo no previsto en dichas disposiciones, se aplicará en lo pertinente, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Código de Comercio y las normas que los desarrollan.