Micelio

Artículo 16

Queda Prohibido El Uso De Las Palabras "similares" Y "etcétera", Para Indicar Que Un Determinado Producto Sirve Para El Combate De Insectos Y Otros Animales, Hongos O Malezas

Decreto 779 de 1967 · Por el cual se reglamenta el comercio, industria y empleo de plaguicidas, defoliantes y reguladores de las plantas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda prohibido el uso de las palabras "similares" y "etcétera", para indicar que un determinado producto sirve para el combate de insectos y otros animales, hongos o malezas. En cada caso deberá indicarse con precisión los géneros contra los cuales se recomienda cada producto. Queda prohibido, igualmente, el empleo de los sinónimos con las palabras mencionadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 779 de 1967