Queda prohibido el uso de las palabras "similares" y "etcétera", para indicar que un determinado producto sirve para el combate de insectos y otros animales, hongos o malezas. En cada caso deberá indicarse con precisión los géneros contra los cuales se recomienda cada producto. Queda prohibido, igualmente, el empleo de los sinónimos con las palabras mencionadas.
Decreto 779 de 1967 →Vigente
Artículo 16
Queda Prohibido El Uso De Las Palabras "similares" Y "etcétera", Para Indicar Que Un Determinado Producto Sirve Para El Combate De Insectos Y Otros Animales, Hongos O Malezas
Decreto 779 de 1967 · Por el cual se reglamenta el comercio, industria y empleo de plaguicidas, defoliantes y reguladores de las plantas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.