Micelio

Artículo 1

En El Caso De Productores Oficiales, El Iva Cedido Que Está Incorporado Dentro De La Tarifa Del Impuesto Al Consumo O Participación, Es Equivalente Al 35% De Este Impuesto, Valor Que Se Afectará Con El Iva Correspondiente A La Producción

Decreto 541 de 2007 · por el cual se reglamenta la Ley 788 de 2002 respecto del IVA, cedido a Entidades Territoriales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En el caso de productores oficiales, el IVA cedido que está incorporado dentro de la tarifa del impuesto al consumo o participación, es equivalente al 35% de este impuesto, valor que se afectará con el IVA correspondiente a la producción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 541 de 2007