Micelio

Artículo 3

Decreto 2312 de 1953 · Por el cual se concede un auxilio y se abren unos créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerios de Justicia, Hacienda y Crédito Público, Guerra y Educación Nacional)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal en curso, con la cantidad de treinta millones trescientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y seis pesos con ochenta y dos centavos ($ 30.339.896.82) moneda corriente, así: Rentas Ocasionales. Numeral 125. Cuota de Rehabilitación y Fomento (Decreto legislativo 1877 de 1953) $ 30.339.896.82

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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