Micelio

Artículo 1

Adiciónase El Artículo 4° Del Decreto Número 33 De Enero 12 De 1959, En El Sentido De Que El Secretario General Del Ministerio De Gobierno, Además De Las Funciones Que Le Han Sido Fijadas En La Mencionada Disposición, Tendrá Las Que A Continuación Se Expresan: 1ª Formular Las Solicitudes De Resera A La Contraloría General De La República; 2ª Dictar Las Siguientes Providencias; A) Resoluciones De Reconocimientos De Vacaciones, Bien Sean En Tiempo O En Dinero; B) Resoluciones De Viáticos Y Transportes; C) Resoluciones De Reconocimientos De Vacaciones, Bien Sean Entiempo O En Dinero; D) Resoluciones De Reconocimiento De Prestaciones De Servicios Hasta Por La Suma De $500

Decreto 1696 de 1959 · Por el cual se le asignan otras funciones al Secretario General del Ministerio de Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Adiciónase el artículo 4° del Decreto número 33 de enero 12 de 1959, en el sentido de que el Secretario General del Ministerio de Gobierno, además de las funciones que le han sido fijadas en la mencionada disposición, tendrá las que a continuación se expresan: 1ª Formular las solicitudes de resera a la Contraloría General de la República; 2ª Dictar las siguientes providencias

a)

Resoluciones de reconocimientos de vacaciones, bien sean en tiempo o en dinero;

b)

Resoluciones de viáticos y transportes;

c)

Resoluciones de reconocimientos de vacaciones, bien sean entiempo o en dinero;

d)

Resoluciones de reconocimiento de prestaciones de servicios hasta por la suma de $500.00

e)

Resoluciones sobre giros y situaciones de fondos;

f)

Resoluciones de autorización de giros y situación de fondos de rehabilitación con sujeción a los planes previamente aprobados por la Comisión especial de Rehabilitación y refrendados por el Consejero Coordinador;

g)

Resoluciones para fijar cauciones o eximir de ellas a las publicaciones periódicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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