Micelio

Artículo 2

El Maestro De Escuela De San Andrés Tendrá Una Asignación Mensual De $ 80

Decreto 287 de 1924 · Sobre reorganización de las Escuelas Públicas de San Andrés y Providencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El maestro de escuela de San Andrés tendrá una asignación mensual de $ 80. La maestra de San Andrés tendrá una asignación mensual de $ 70. Los demás sueldos de los maestros serán aumentados en la proporción del sobresueldo decretado por el Concejo Municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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