º . El artículo 3º del Decreto 3050 de 2002, quedará así: "Artículo 3º. Sesiones . La Comisión de Estudios operará, una vez se integre, en forma permanente hasta la aprobación del Plan Nacional d e Desarrollo en el Conpes. En todo caso, la Comisión deberá consignar sus acuerdos en actas que den soporte a los mismos. La Comisión podrá realizar invitaciones a funcionarios gubernamentales, expertos, académicos, representantes de las comunidades y otros sectores sociales".
Decreto 4007 de 2006 →Vigente
Artículo 2
Decreto 4007 de 2006 · por el cual se modifican los artículos 2°, 3° y 6° y se deroga el artículo 4° del Decreto 3050 de 2002.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.