Micelio

Artículo 3.8.2.1.2

Invitación Pública

Decreto 734 de 2012 · por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Invitación Pública . El Ministerio de Justicia y del Derecho a través de aviso que se publicará en la página web de la entidad y en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, Secop, efectuará invitación para seleccionar los promotores que conformarán los registros calificados de profesionales para la enajenación de bienes. El aviso contendrá la información necesaria para dar a conocer el objeto a contratar y el lugar físico o electrónico donde puede consultarse el proyecto de pliego de condiciones. El Sistema Electrónico para la Contratación Pública, Secop, establecerá mediante acto administrativo los diferentes registros calificados de promotores, de acuerdo la naturaleza y características de los bienes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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